domingo, 21 de septiembre de 2008

Las sentencias de las comas. A propósito de la negación de abortar a una nena.

A propósito de la negación de abortar a una nena

Lic. Karina Ferraris
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La visión tutelar requiere de una tercera independencia
El origen histórico de la desigualdad fue excluyente. Las mujeres no estuvimos presentes en las definiciones de los contratos sociales, su enorme importancia reside en que éstos no sólo construyeron las relaciones entre los Estados y los/as ciudadanos/as, sino que definieron la naturaleza del Estado y la sociedad, así como la ciudadanía, por lo tanto, nuestra condición de sujetos políticos y con derechos no integró esta construcción histórica.

El hecho de que las mujeres fuéramos diferentes a los varones no dio lugar al reconocimiento de dos sujetos diferentes pero en posición de equivalencia, sino que la diferencia fue observada, calificada y, por lo tanto, construida a partir de las visiones que se adjudicaron a un tipo ideal, abstracto de ser humano, que se convirtió en el paradigma. La diferencia fue entonces interpretada como carencia y su resultado fue la desigualdad: una condición de inferioridad que requería de tutela.

Es necesario promover la definición de nuevos contratos sociales que partan del reconocimiento de la existencia de una multiplicidad de sujetos y de las diferencias entre ellos.

En el siglo de los derechos asistimos a cambios sustanciales, uno de los cuales fue iniciar el camino del reconocimiento jurídico de las mujeres como sujetos de derechos. En esa medida las mujeres conseguimos la titularidad del derecho al voto, a la educación, al trabajo, siendo así que nuestra condición de seres bajo tutela masculina comenzó su proceso de desmantelamiento. En la segunda mitad del siglo pasado avanzamos más, se nos reconocieron nuevos derechos al interior del matrimonio como el de contratar o trabajar sin requerir autorización del marido. En las últimas décadas el reconocimiento fue sustancialmente mayor: con el advenimiento de las fuertes contradicciones al interior del matrimonio y la familia heterosexual, se dio paso al reconocimiento jurídico de la violencia contra la mujer en la familia y la violación sexual dentro del matrimonio.
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El reconocimiento de las violaciones a los derechos humanos de las mujeres al interior del seno familiar significa no sólo haber creado una importante fisura a ciertos presupuestos conservadores que pretendían seguir ocultando lo evidente, sino un avance en la visibilidad y reconocimiento de los sujetos femeninos en tanto seres humanos autónomos de las instituciones a las que fueron confinadas. Por ejemplo, el “débito conyugal” de las esposas, que impedía el reconocimiento jurídico de la violación sexual al interior del matrimonio, confería derechos a un sexo por encima del otro, despojando a las mujeres de su condición de personas e instrumentalizándolas al servicio de los fines de la institución matrimonial.

En este camino hace falta todavía mucho por recorrer. Un aspecto central para continuar dándole corporeidad y densidad a los sujetos femeninos es aceptar la autonomía de las decisiones reproductivas, es decir, continuar con el proceso normativo y simbólico de automatización de las mujeres del destino materno como clave de identidad.

Quienes creen que las mujeres no podemos o no debemos decidir sobre un proceso reproductivo que se desarrolla en los propios cuerpos y que afectará las vidas e identidades de manera decisiva, defienden la visión tutelar y la idea que las mujeres todavía necesitamos alguien que nos indique lo mejor para nosotras.

Las sentencias de las comas
Quienes hoy en día aún fallan, sentencian y/o dictaminan aduciendo todo el poder de la “coma” en el artículo 86 del Código Penal, siguen entrando en claras contradicciones con otros dictámenes jurídicos que no le otorgan todo ese poder a esa “coma”.

Una “coma” obliga a la maternidad a una niña embarazada producto de una violación, una niña de 12 años, una “coma” sentenció a Ana María Acevedo a la muerte, una “coma” obligó a una mujer en Guernica a interrumpir el embarazo en el circuito clandestino, una “coma” es la excusa a la que recurren quienes defienden la visión tutelar, que creen que saben, por una “coma” qué es lo mejor para nosotras.

Para poner puntos y no comas sólo hace falta hacer cumplir la ley. Una niña de 12 años fue abusada sexualmente y todos sus derechos fueron violados.

*Delegada del INADI Mendoza

Movimiento Libres del Sur, 20 – 09 – 08

La Quinta Pata

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