domingo, 12 de agosto de 2012

Juicios: libertad como privilegio y no como derecho

Ramón Ábalo

Una feroz polémica se ha desatado en los "círculos áulicos", la decisión de la Universidad de Buenos Aires (UBA), de negar el acceso a los claustros, como estudiantes, a los genocidas de la dictadura cívico-militar, apelando al concepto de que la educación es un derecho que la constitución y las leyes, como asimismo la letra de convenciones internacionales, y que en la Argentina están incorporadas a la constitución, aseguran para todos los habitantes. Es decir, un derecho humano inalienable, incluso de los condenados por el delito que fuere. Pero hay una excepcionalidad en el marco mismo del derecho.

Como la hay en la decisión – la excepcionalidad de esta decisión – del Tribunal Oral No. 1, de la justicia federal de Mendoza, que negó el pedido de la querella de detención ya para los procesados que siguen aún en libertad. Resolvió no hacer lugar "por no mediar circunstancias que justifiquen modificar la actual situación de los imputados. Los abogados defensores oficiales – abogada Duranti y abogado Amuchástegui, y Civit -por Morellato – habían ya planteado su oposición basándose "en la incongruencia acerca de la posibilidad de fuga". Agregan que sus defendidos se "se atienen a derecho, asisten a todas las audiencias y exámenes médicos, no entorpecen ni obstaculizan el accionar de la justicia".

Acerca de las amenazas al juez Burad, afirmaron que no hay elementos vinculantes con los defendidos: "No hay peligro grave concreto..."

Como se dice en el blog Juicios-Mendoza: "Repasemos: diez imputados, seis grupos de causas, 23 personas desaparecidas: cuatro privadas ilegítimamente de libertad, un menor secuestrado. Treinta y cuatro años después, de los diez imputados, seis están libres, y seguirán en libertad: siete de los diez no comparecen en Sala..." Y remata tajantemente: "Siempre por delitos de lesa humanidad, motivos, antecedentes, riesgos de eventuales fugas hay…"

Es que, siguiendo el blog, siempre por delitos de lesa humanidad, como en este caso de los procesos en Mendoza, la libertad es un indignante y peligroso privilegio. Menos que menos la patología, sus acciones, sus antecedentes ideológicos, lo alejan de los valores fundamentales inherentes a la condición de ser humano. Cuando definimos el concepto de derechos humanos, sencilla y sintéticamente afirmamos desde los organismos: allí donde hay una necesidad, hay un derecho humano a resolver". Lo que se llama hacer justicia para asegurar la vida de los componentes de una sociedad, como asimismo de apuntalar su dignidad. Entonces, acaso un imputado, aunque tan solo imputado, cuyos antecedentes como culpable de lesa humanidad ¿necesita de la rigurosidad de un proceso judicial, para ser condenado? Claro que sí, pero no la omisión de la prevención. Las normas, las leyes y el derecho a la defensa y el buen trato a los Videla, Massera, Astiz, Agosti, Santuccione, Maradona, Smaha, y cientos más, convalidan el estado de derecho, la democracia y una sociedad justa. Nunca los privilegios.

La Quinta Pata, 12 – 08 – 12

La Quinta Pata

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