La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que establece sanciones para los progenitores, tutores y curadores que agredan al personal docente y no docente.
Los agresores deberán cumplir trabajos comunitarios o abonar multas. Si el maltrato es reiterado, el magistrado puede castigar al agresor con días de prisión. “Las agresiones incluyen maltrato verbal, psíquico, físico y acoso”, explicó uno de los impulsores de la modificación, el diputado Tadeo García Zalazar (UCR).
El proyecto es una fusión de las iniciativas presentadas por los diputados Tadeo García Zalazar (UCR), Jesús Riesco (PD) y el Ejecutivo.
La ley promueve la escuela como institución, para que sea un espacio armónico para el desarrollo de la enseñanza y el aprendizaje, reconociendo la autoridad que tienen los agentes de la educación en el ejercicio de sus funciones, reforzando el respeto debido entre todos los miembros de la comunidad para lograr garantizar el derecho a la educación.
Aquellos padres que de manera reiterada e injustificada omitan los compromisos asumidos con los establecimientos educativos en relación al horario de retiro de los alumnos después de la jornada escolar, serán sancionados con obligaciones de conducta. Las autoridades del establecimiento escolar deberán dar intervención a los organismos públicos de protección de derechos que correspondan, cuando los incumplimientos aludidos pongan en peligro la integridad o seguridad psicofísica de los alumnos.
Las obligaciones de conducta consisten en el efectivo cumplimiento por parte del infractor de un plan de acciones ya establecido por el juez, que le permitan modificar los comportamientos por los que fueron sancionados.
La norma fue aprobada por unanimidad, aunque los legisladores del Frente de Izquierda de los Trabajadores y el Partido de los Trabajadores Socialistas se ausentaron en el momento de la votación.