domingo, 14 de agosto de 2011

Juicios: “no son cómplices… son culpables”

Ramón Ábalo

Argumentos jurídicos, antecedentes internacionales, como los juicios de Núremberg a los nazis criminales de guerra inmediatamente después de terminada la segunda contienda mundial; las masacres masivas recientes de pueblos, como las de la ex-Yugoeslavia, la de África y tantas más, además de los numerosos testimonios de las víctimas – incluso de ex policías de rango menor – fueron sustento de todos los abogados querellantes: Pablo Salinas y Viviana Beigel por las víctimas; Peñaloza, Garciarena y Pablo Barreda, por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, y el mismo representante del Ministerio Público, el fiscal Dante Vega. Ellos coincidieron en sus alegatos en lo general y en lo particular, en la calificación de los métodos aberrantes por el terrorismo de estado y en adelantar lo que entienden deben ser la decisiones del Tribunal Oral, que lo componen los jueces González Macías, como presidente, y Cortez y Nacif.

Durante las dos últimas semanas fueron las intervenciones de los querellantes. Peñaloza, por ejemplo, fundamentó por que la violencia sexual y las violaciones, en el marco del terrorismo de estado, deben ser tomadas como delitos de lesa humanidad. Hizo una fundamentación teórica y nombró los centros clandestinos de detención. Como centros transitorios a la policía federal y a las comisarías de la policía provincial, o sea las seccionales 25, de San José, Guaymallén; la 31, de Las Heras, la Quinta y la Sexta de capital, en donde se obvió, entre otras anormalidades, la investigación de las denuncias. Ocurrió lo mismo en la Cuarta y Tercera. Y como centros permanentes, la Séptima, de Godoy Cruz, el D2, pero este como mega centro.

También se refirió a los consejos de guerra en órbita militar. Por ejemplo la causa 02, "Sabatini, Víctor y otros" para desmenuzar "un procedimiento típico", del que surge, afirmó, de dónde viene la orden de detener a un grupo de militantes de la Juventud Guevarista en mayo del 76: vino del G2, servicio de inteligencia del ejército y ejecutó el D2 de la policía; de esta derivó al Comando de Operaciones Tácticas (COT), y de este al Consejo de Guerra. En este ámbito, los defensores militares exhortaban a los presos al arrepentimiento y pedido de perdón, con argumentos más de tipo consistorial que los propios del derecho a defensa. Finalmente un tribunal militar dictaminaba sentencias, siempre condenatorias. Esto es lo que se consideraba “procedimiento legal". Aclaró que la querella adhería a la teoría del "autor mediato" aplicable a los acusados, por lo cual la acusación de delitos cometidos recaen tanto en quien daba las órdenes como en quienes las ejecutaban, así como en los eslabones intermedios".

En la última jornada de esta semana - el día jueves - le dio mayor énfasis a la teoría "del autor" el abogado querellante Pablo Barreda y en una sintética, brillante y dramática alocución, afirmó: "No son cómplices...son culpables…" Y recordé las expresiones de Roberto Vélez, quien también testimonió en la causa por los traslados de presos, desde Mendoza a la Capital Federal, en un avión Hércules, y lo que pasó previamente en prisión en el D2: "Allí son todos cómplices y culpables... hasta los choferes".

La Quinta Pata, 14 – 08 – 11

La Quinta Pata

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