Marcelo Sivera
Se preparan escraches a jueces y una convocatoria masiva a damnificados. Sindicatos y abogados aseguran que la Suprema Corte no se pronunció sobre "el pago de la deuda del Estado".
En abierta oposición al fallo plenario de la Suprema Corte (caso Cañas) que se expidió por la constitucionalidad de los presupuestos provinciales que recortaron el pago de la antigüedad (entre 1996 y 2003), el Sindicato de Trabajadores del Estado Autoconvocados (Sitea) y el estudio Frías, Espinase, Lucero iniciarán la semana entrante – en forma independiente pero coordinada – acciones tendientes a insistir en que el Estado pague "la antigüedad adeudada" a unos 16 mil empleados públicos.
Sitea ha dispuesto iniciar esta semana "escraches" en los domicilios de los jueces de la Suprema Corte. Está previsto que el próximo miércoles los manifestantes se concentren en la explanada de la Casa de Gobierno y sean trasladados en trafics hasta el frente de la vivienda del presidente del tribunal, Jorge Nanclares en Las Heras.
Así se acordó el miércoles pasado durante una asamblea de 250 personas en el propio cuarto piso de Tribunales, oportunidad en la que se distribuyeron fotocopias de un bono de sueldo de Nanclares que exhibía un sueldo de bolsillo de 25.000 pesos por mes.
Por su parte, el estudio jurídico – con el antecedente de haber conseguido el embargo de cuentas del Estado en 2003 – prepara una convocatoria masiva de estatales reclamantes. "Será el viernes que viene posiblemente en el Estadio Pacífico", adelantó el abogado José Atilio Lucero, mostrando algo más que confianza en el nivel de asistencia.
El estudio jurídico presentó el miércoles pasado un escrito ante la Suprema Corte solicitando que se expida "sobre la cuestión de fondo". Por lo tanto considera que el último fallo plenario de la Corte sobre el pago de la antigüedad sólo se pronunció sobre la constitucionalidad de presupuestos y no sobre si corresponde o no – y desde cuándo – el pago de la antigüedad adeudada.
Los abogados piden a la Corte "que dicte una sentencia sobre la cuestión de fondo" y consideran que quien debe hacerlo es la Sala 1 de la Corte en lugar del plenario de los miembros del máximo tribunal.
Es que – según el criterio de este estudio – los fallos anteriores que favorecieron a los demandantes (casos Degourville, Basile, Pelliser, Acuña y Araya) – dictados por conjueces – sentaron una jurisprudencia que no se respetó en el caso Sozzi (resuelto por la Sala 1 de la Corte a favor del Estado y en contra de los demandantes).
Lucero revaloriza la figura de los conjueces de Corte y rescata la trayectoria personal de dos de ellos: Sarmiento García y Pithod.
El estudio jurídico prepara una casi segura apelación ante la Corte Suprema de la Nación. La argumentación gira en torno a "la violación del principio de igualdad", que "tiene rango constitucional y supraconstitucional". Ello sobre la base de que algunos reclamantes cobraron la antigüedad adeudada y otros no, lo que ha generado – dicen – “una situación de desigualdad manifiesta violatoria de la normativa legal".
Los Andes, 12 – 09 – 09
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