domingo, 17 de enero de 2010

La Dictadura y los Compromisos Internacionales *

Luis Brunati

Responsabilidades nacionales e internacionales en la consolidación de las democracias

Una de las funciones que los gobiernos autoritarios cumplieron con prolijidad y precisión, ha sido la de atar firmemente los ° destinos de nuestros países a los organismos financieros internacionales, a fin de "legalizar" y consolidar la dependencia.

En la Argentina, el empréstito Baring Brothers, el Pacto Roca-Runciman (1935), la adhesión al Fondo Monetario Internacional (1956) y la fraudulenta deuda externa contraída en el "Proceso", son los más lacerantes ejemplos de esta funesta complicidad.

Esta realidad condicionó, posteriormente, las gestiones los breves y escasos gobiernos constitucionales.

Por lo tanto, hoy más que nunca, se hace imprescindible revalorizar la entidad política de los acuerdos internacionales que se realicen en DEMOCRACIA e incorporar el concepto doctrinario de NO RECONOCIMIENTO de compromisos contraídos por la Nación durante gobiernos de facto.

Desde esta perspectiva y recalcando las características políticas de nuestro estancamiento, el necesario e inexcusable compromiso que hoy reclamamos a los países centrales es que se reconozca como prioridad uno la necesidad de consolidación de las democracias en América Latina y el mundo como un paso fundamental para el desarrollo de una sociedad más justa. En el logro de este esencial objetivo, no puede sentirse ajeno ningún sistema social identificado con un futuro de justicia y paz que la humanidad se debe.
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Pero así como reclamamos con decidida energía un franco apoyo de la comunidad internacional en defensa y preservación de nuestras democracias, por entender que han existido corresponsabilidades, por acción u omisión, en los largos períodos de dictaduras, es que debemos comprometernos y asumir irrestrictamente la responsabilidad de profundizar una línea doctrinaria que fije con claridad la condición de ilegitimidad de los compromisos políticos y económicos impuestos en el pasado, como así también las subordinaciones futuras bajo regímenes autocráticos.

En esta concepción global enmarcamos nuestro pensamiento con respecto a una deuda inmoral y vertiginosamente desarrollada durante períodos de opresión que montados sobre las más terribles violaciones a los derechos humanos y a espaldas de los pueblos, hipotecaron el presente y el futuro de varias generaciones condicionando fuertemente todas sus posibilidades en cualquier nivel.

Para los argentinos, el afianzamiento definitivo de las instituciones es un objetivo fundamental, y la profundización de la democracia constituye un compromiso histórico inexcusable, que tiene la difícil, pero sublime tarea de lograr la felicidad del pueblo y la grandeza de la Nación en un marco de decidida participación popular.

Es por ello, que se hace necesario advertir como, desde el fonde de nuestra historia, los compromisos internacionales jugaron un papel clave en los distintos proyectos colonizantes, comprendiendo así la legitimidad del NO RECONOCIMIENTO de pesadas cargas que comportan una metodología de dominación ensayada sistemáticamente a través de los tiempos.

La impagable deuda de América Latina
En 1961, EE.UU. lanza un plan de promoción económica y: social para América Latina, ante el temor de que prendiese en ~ otros países de la región el ejemplo de la revolución cubana, al '~ amparo de favorables condiciones de retraso e injusticia. Nace así la "Alianza para el Progreso". El congreso del país del norte; vota para solventar la empresa una suma sin precedentes: veinte mil millones de dólares para ser aportados en el curso de tan solo diez años.

Veinticuatro años después, en 1985, América Latina aporta a los países desarrollados cuarenta mil millones de dólares anuales r en concepto de intereses de una deuda de 334.740 millones de dólares, discriminados del siguiente modo: Brasil, 101,800 millones; México 95.900 millones; Argentina, 48.000 millones; Venezuela, 34.000 millones; Chile 18.440 millones; Perú, 13.500 millones; Colombia, 10.800 millones; Costa Rica, A.050 millones; Panamá, 3.550 millones y Uruguay, 4.700 millones, según datos de la Comisión para Asuntos Latinoamericanos y del Caribe de las Naciones Unidas.

Esto significa, por ejemplo, en el caso de los países más desarrollados de América Latina, Brasil, México y Argentina, que, realizando enormes esfuerzos reales para disminuir las importaciones deberían aplicar el 100% del resultado de su comercio exterior para pagar exclusivamente los intereses de la deuda, siempre que se lograse que éstos no superen el 10% anual.

En tales condiciones las tres naciones con mayor capacidad de pago de América Latina deberán renunciar a invertir en desarrollo, hipotecando definitivamente las posibilidades de crecimiento y mejora social y aún así sólo podrían hacer frente a los intereses de la deuda, sin lograr amortizar un centavo del monto de la misma.

En otras palabras, congelando la deuda, sometiendo a nuestros pueblos al tremendo sacrificio de renunciar a mejoría alguna en el orden económico y social, apelando a un estricto control de la natalidad para impedir en forma absoluta el crecimiento demográfico y garantizando el valor internacional de nuestras cada vez más rudimentarias exportaciones frente a un mundo que se desarrolla y tecnifica a paso acelerado, sólo obtendríamos la eternización de nuestra dramática situación actual.

Desde siempre la dominación
El endeudamiento, o los empréstitos cómo se les llamaba antiguamente a este tipo de operaciones, ha sido ensayado con éxito ° en nuestras tierras como método de dominación desde principios del siglo XIX.

Entre 1822 y 1824, México, Lima, Bogotá, Guatemala, Santiago de Chile y Buenos Aires, contrajeron con Inglaterra una ~ deuda de 18.542.000 libras esterlinas, debiendo cubrir anual- ~ mente intereses por un millón de libras esterlinas, a cuyo servicio hipotecaron sus rentas y en el caso de Buenos Aires su TIERRA PUBLICA Y TERRITORIO (1).

Según F. A. Chateaubriand "desde 1822 a 1826 se contrajeron con Inglaterra diez empréstitos en nombre de las Colonia Española, cuyo total ascendía a la suma de 20.978.000 de Libras. ` Estos empréstitos derivados el uno del otro, habían sido contraídos a 75 céntimos (sólo se entrega el 75 por ciento del monto contratado), luego se desfalcaron de los mismos dos años de intereses al 6 por cien y, enseguida se retuvo una cantidad de siete millones de libras esterlinas de suministros. En líquidas cuentas, Gran Bretaña desembolsó una suma efectiva de siete millones, pero las repúblicas hispanoamericanas quedaron gravadas con una deuda de 20.978.000 de libras esterlinas".

"A estos empréstitos excesivos por sí mismos se unieron una multitud de asociaciones o de compañías destinadas a EXPLOTAR LAS MINAS, PESCAR PERLAS, ABRIR CANALES Y CAMINOS Y DESMONTAR TERRENOS DE AQUEL NUEVO MUNDO que parecía entonces ser descubierto por primera vez. Esas sociedades llegaron a ser 29 y el capital nominal de las sumas empleadas fue de 14.767.500 libras esterlinas, los socios no suministraron más que una cuarta parte de esa suma, por consiguiente quedó reducida a 3.000.000 de libras que es preciso añadir a los 7.000.000 de los empréstitos, un total de 10.000.000 y la Inglaterra puede reclamar una suma nominal de 35.745.500 libras, tanto de aquellos gobiernos como de los particulares" (2).

"Estos hechos resultan que en el momento de su emancipación, las colonias españolas se convierten, desde cierto punto de vista, en colonias británicas" (3).

Un ejemplo histórico
En 1822 Bernardino Rivadavia encarga a un consorcio la contratación de un empréstito por un millón de libras esterlinas en oro (4). El mismo se formaliza con la casa Baríng Brother de Londres, la que luego de descontar comisiones, intereses, gastos de representación y hasta 6 mil libras para una "misión diplomática" de Rivadavia en Londres, termina enviando a Buenos Aires 564.000 libras de las cuales fueron sólo 22.000 en dinero contante y el resto lo constituían letras entregadas por el Ministerio de Hacienda á los comerciantes iglesesamenosdel50porciento de su valor nominal y producirán un interés mensual al 2 por ciento. (5)

Antecedentes nacionales de moratoria unilateral
En su trabajo Historia Económica Argentina y Americana, Antonio Corteses dice: "La Nación se hizo cargo de los servicios de la deuda cuando se formó el banco nacional en 1826, pero su pago fue interrumpido con motivo de la guerra librada contra el imperio del Brasil. El 6 de agosto de 1827 se reunieron numerosos comerciantes y hacendados y resolvieron garantizar los servicios del crédito hasta un año después de la terminación de la lucha. Entre los fiadores figuraban: Miguel Riglos, Félix Frías, Julián Segundo Agüero, Tomás Fair, Bernardino Rivadavia, Santiago Wilde, Manuel José García, Pascual Costa, José María Rodas, Braulio Costa, etc. El 5 de abril de 1828 se autorizó a la casa Baring a vender las fragatas Asia y Congreso de propiedad de (a nación y aplicar el fruto de su venta al abono de la deuda" (6)

En 1833 Balcarce quiere romper relaciones con el Reino Unido a causa de la usurpación de las Islas Malvinas, pero Canning, primer ministro inglés, le contesta "...ningún deudor puede romper relaciones mientras no pague la deuda..."(7).

En los años siguientes, Juan Manuel de Rosas sigue sin pagar o pagando pequeñas sumas de acuerdo con el siguiente detalle:

1839: En pleno bloqueo y ante insistentes pedidos por parte de Barìng Brothers, Don Juan Manuel de Rosas comunica que de no ser por el bloqueo francés al que Inglaterra consentía, Buenos Aires pagaría. Gracias a esto, los comerciantes ingleses en el R ío de La Plata y los accionistas británicos presionan al gobierno inglés para que solicite a Francia que retire el bloqueo, cosa que ocurre en 1840. (8).

1842 Pese al retiro de los barcos, Rosas sigue sin pagar pero ante las continuas presiones decide enviar una proposición. Esta consistía en que Inglaterra reconociera la soberanía Argentina sobre las Islas Malvinas, para luego comprarlas y de esta manera saldar la deuda. Inglaterra dice que no (1844) y Rosas de esta manera continua ganando tiempo. (9).

1844: Hay un gobierno conservador en Inglaterra. La intervención armada es un hecho. Rosas se prepara para resistirla. . Paga 5 mil pesos en plata destinados a los servicios del empréstito, esta suma no era ni la quinta parte de los intereses. (10).

1845 Rosas cesa el pago de esa suma ante el bloqueo y la actitud inamistosa de Inglaterra; con esto, Rosas trabaja el frente interno de Inglaterra, apoyándose en los liberales y comerciantes de ese país. (11).

1846 Caen los conservadores en Inglaterra y por lo tanto se retira el bloqueo y comienzan las negociaciones. Baring exige el pago de la deuda como condición de paz. Rosas se niega y dice que pagará lo que pueda, eso era 5 mil pesos; plata que había sido convenido en 1844. Inglaterra acepta. (12).

Según José Terry "...pasados los tres primeros años quedó ` suspendida la deuda hasta 1844..." (13). "En 1844 Rosas reanuda el servicio del empréstito entregando mensualmente 5 mil pesos plata hasta tanto se formalizara un convenio definitivo, ser- • vicio que suspendió en 1845 a consecuencia del bloqueo anglo- ` francés y se reanudó nuevamente en 1848". (14).

"Según Pedro Agote "...el director Rosas sólo pagó 5 mil piezas metálicas algunos años". (15).

Por último refiere Scalabríní Ortiz "...el empréstito se pagó ' hasta 1827, luego a excepción de los años 1846, 1850, 1851; ; en que Rosas pagó 43.965 libras esterlinas, no se volvió a pagar hasta 1857". (16).

En síntesis, todos los autores coinciden en que durante el período federal fue prácticamente suspendido el servicio de la z deuda, pues sólo se pagó una ínfima cantidad.

En 1857, siendo ministro de hacienda Norberto de la Riestra y bajo la Presidencia de Justo José de Urquiza, se contrató "un nuevo empréstito de 1 .641 .000 de libras esterlinas, para saldar la deuda atrasada. El empréstito fue saldado en 1904 (17) y ' "a costa de la nación 23 millones de pesos fuertes hasta su completa extìnción" (1918).

Antecedentes internacionales de moratoria unilateral
Entre los múltiples casos que documenta la historia universal sobre lo que ha dado en llamarse moratoria unilateral, describiremos solamente los siguientes:

En 1902 Venezuela cesa unilateralmente el pago de su cuantiosa deuda externa, provocando la inmediata reacción de Inglaterra y de Alemania. Sobreviene el bloqueo a Venezuela.

Mientras EE.UU. se solidariza con las potencias europeas, el Ministro de Relaciones Exteriores argentino, Dr. Luis Marta Drago, sale al cruce de la actitud de fuerza asumida por los acreedores, fijando posición en defensa de la soberanía venezolana La denominación de "Doctrina Drago" cristaliza a partir de a el reconocimiento internacional a la sólida posición argentina. "

Holger H. Heerwing describe así los sucesos de Venezuela "...mientras tanto el presidente Cipriano Castro mantenía su terca actitud ante los acreedores extranjeros. En parte, esto se debía a la inestable actitud político-militar que su régimen afrontaba internamente. El dinero se gastaba en aquellos renglones, que según la opinión de Castro tendía a salvar a su gobierno, es decir, a las fuerzas armadas fieles a él" (...?. "En mayo de 1902, el dictador venezolano suspendió los pagos de la deuda nacional definitivamente..." (19).

En 1918 Rusia decreta en forma unilateral la anulación de sus compromisos económicos con el extranjero, en forma lisa y llana. Edward Carr relata los acontecimientos de la revolución bolchevique, referidos a la deuda externa rusa del siguiente modo: "el otro punto del programa financiero bolchevique era la anulación de los préstamos y obligaciones del estado"

Esto era más fácil que la nacionalización de los Bancos, como lo observó Lenin en el Tercer Congreso de Soviets de toda Rusia.

El principio de no reconocimiento por parte del régimen revolucionario de las deudas del gobierno zarista, había sido proclamado por vez primera en el famoso "manifiesto de Viborg" publicado por el soviet de Petrogrado en diciembre de 1905, para desacreditar los intentos de ese gobierno de conseguir un nuevo empréstito en el extranjero.

El manifiesto se refería especialmente a las obligaciones extranjeras y no incluían los préstamos menos importantes del gobierno ruso hecho en el mercado interno. El decreto del 11 de enero de 1918 bloqueó todo pago de interés o dividendo de los bonos y acciones y prohibía las transacciones. "(...) Los émprestitos extranjeros fueron anulados sin condiciones". (20).

En 1923 EE.UU. ante la fuerte caída del respaldo metálico de su moneda, deroga en forma absolutamente unilateral la posibilidad de conversión dólar-oro en todos sus compromisos internacionales (21).

"La primera medida tomada por Roosevelt fue cerrar los Bancos por 8 días y embargar las exportaciones dé oro y plata (22).

En lo que hace a la historia posterior a la segunda guerra mundial, cabe recordar que Inglaterra declara la inconvertibilidad de la libra a raíz del fuerte endeudamiento contraído con los países proveedores de materia prima. En esa oportunidad, la Argentina era acreedora de la Corona Británica por la suma de ' 150 millones de libras esterlinas.

Por su parte, EE.UU. rompe unilateralmente su compromiso internacional de mantener un respaldo de una onza troy por cada 35 dólares. La fuerte emisión de moneda sin el respaldo acordado; coloca al país del Norte en una difícil situación internacional. E1 Presidente Nixon decreta también en forma unilateral la incovertibilidad del dólar.

Conclusiones
El pago de la deuda externa argentina y latinoamericana, se encuentra reñido con condiciones de vida mínimamente dignas para nuestros pueblos. Su aceptación representa la más vergonzosa sumisión imaginable ante un método de coloniaje y do nación tan ofensivo y oprobioso como cualquier otro.

El hecho de que la pesada carga que se nos pretende imponer, fuera concertada a espaldas del pueblo, bajo regímenes gobiernos ilegítimos durante los cuales la negación de los derechos humanos alcanzara límites de violencia sin precedentes, hacen otra cosa que conferir validez moral a la MORATOR LISA y LLANA de semejante obligación.

Citas
1. Rosa, José María. Análisis Histórico de la Dependencia Argentina. Buenos Aires 1954. pág. 23.
2. Chateaubriant, F. A. de (embajador en Londres, Ministro de Relaciones Exteriores de Francia) Guerra de España. pág. 448.
3. Idem anterior. pág. 450.
4. El oro era la única moneda internacionalmente válida en la época.
5. Corteses, Antonio. Historia Económica Argentina y Americana. págs. 306 y 307.
6. Idem anterior. pág. 307,
7. Rosa, José María. Defensa y Pérdida de nuestra Independencia Económica. Bs. As. 1954, pág. 78.
8. Idem anterior, pág. 78.
9 y 10. Idem anterior, pág. 79.
11 y 12. Idem anterior, pág. 80.
13. Terry, José. "Finanzas". Bs. As., 1927, pág. 463.
14. Idem anterior pág. 477
15. Agote, Pedro. Informe del Presidente del Crédito Público sobre la Deuda Pública, Bancos, Emisión de papel moneda y acuñación de moneda de la República Argentina, Bs. As. 1881, pág. 15.
16. Scalabrini Ortiz, Raúl. Política Británica en el Río de La Plata, Bs. As. 1974, pág. 102
17. Según Scalabrini Ortiz, se terminó de pagar en 1901 y costó pesos 23.734.766.
18. Terry, Jose Finanzas Buenos Aires. 1927, pág. 463
19. Heerwing, H. y León, Helguera. Alemania y el Bloqueo Internacional de Venezuela. 1902-1903. Ministerio de Relaciónes Exteriores, Caracas, 1977, pág. 89.
20. Carr, Edward. La Revolución Bolchevique (1917-19231. El Orden Económico. Vol. 2, Buenos Aires, 1982, pág. 150.
21. Schlesinger, Arthur. La Era Roosevelt. Traducción de José Nieto, México, 1968. Cap. 12 y 13.
22. Cutolo V. Manual de Historia Económica Mundial, Bs. As., 1981, pAgs. 3/4.



*Los datos y antecedentes reunidos en este trabajo formaron parte de los fundamentos de un proyecto legislativo presentado por Luís Brunati en el Congreso de la Nación en diciembre de 1987.

La Quinta Pata, 11 – 01 – 10

La Quinta Pata

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