jueves, 27 de marzo de 2008

Noticias- Mendoza: Panorama político sobre la situación procesal de las Causas

Este es un informe en general con la idea de tener un panorama político de la situación procesal. Porque el Juzgado no es todo, allí hemos ido ganando algún terreno pero, después queda sortear la Cámara y el Tribunal de Casación. Eventualmente la Corte de Justicia de la Nación. El aparato judicial heredero de la dictadura tiene, por ahora, la sartén por el mango.


Este informe tiene una parte copiada de nuestro documento presentado ayer a la organización de la marcha, y otra parte, en letra cursiva, que acabamos de agregar para puntualizar.
En particular este 24 de marzo y en la actual coyuntura que estamos transitando el M.E.D.H. Regional Mendoza, quiere hacer pública su preocupación ante el estado de las causas penales que tramitan en la Justicia Federal de Mendoza, por los delitos cometidos por el terrorismo de Estado durante la dictadura militar.
En esas causas, los familiares de desaparecidos y asesinados, los ex presos políticos y el MEDH, afrontamos la carga de la prueba y de la investigación de los hechos. Los centros clandestinos de detención, torturas y eliminación de personas fueron reconstruidos en su accionar por los querellantes y testigos, como así, la organización criminal del Estado terrorista en la Subzona 33, Mendoza. Hemos aportado amplios listados de personal involucrado directamente en los delitos aberrantes.
En manos de la Justicia hay causas riquísimas en elementos de prueba pero los resultados, son magros.
Leer todo el artículo - Cerrar- No llegan a 10 los imputados.
- Calificación de los delitos: las torturas con picana son “apremios ilegales”, la muerte frente a testigos en el D-2 resulta “privación ilegítima de la libertad” al igual que la permanencia en centros clandestinos, de sobrevivientes que hoy son testigos altamente calificados.
- Como los padres de las víctimas en muchos casos ya han muerto, se presentan como querellantes los hermanos, pero son apartados por falta de legitimación. Ante esta encerrona procesal, nos vemos obligados a presentar recurso de Casación.
- Los organismos de derechos humanos son aceptados en todo el país como querellantes. En Mendoza, los defensores oficiales cuestionan este derecho y presentan recursos que remiten las causas al ya famoso Tribunal de Casación donde dormirán por mucho tiempo.

- (El Tribunal de Casación fue creado en el Gob.de Menem y tiene por finalidad revisar si la ley aplicada en una resolución, es adecuada o si correspondía aplicar otra ley. En el caso de las causas penales por crímenes del terrorismo de Estado, se orienta por lo general en contra de los planteos de los querellantes. A la Sala que entiende en estas causas, los abogados la llaman “la Sala militar”. Hace poco se vio obligado a renunciar el famoso Bisordi después de una áspera discusión con Kirchner).

Concretamente denunciamos que la Justicia Federal de Mendoza, le da a nuestras causas el tratamiento de los delitos comunes.
Que no vemos una conciencia jurídica que enfoque con claridad que se trata de delitos de lesa humanidad cometidos dentro de un plan sistemático con finalidad criminal, destinado a “eliminar a la subversión”: secuestros de personas, torturas aplicadas con propósito de destrucción física y psíquica, permanencia en lugares clandestinos en situaciones inhumanas, lugares de los cuales, 200 no regresaron. Entre ellos, niños nacidos en cautiverio, apropiados hasta el día de hoy.
Existen claras normas jurídicas internacionales que llaman a estos delitos por sus nombres y que reclaman de los Estados, una respuesta acorde, reparadora de justicia y de conciencia pública. El Estado argentino está obligado a respetar y aplicar estas normas que forman parte de nuestra Constitución Nacional.

Las últimas novedades producidas son: la causa Olivera que estaba lista para ir a juicio oral, fue a casación porque los defensores (de los imputados) cuestionaron la legitimidad del MEDH para querellar. Esta cuestión no es un incidente, paraliza la causa hasta que el T.de Casación se expida.
En las causas acumuladas que conocemos como “abril 77” el Juez Bento admitió como querellantes al MEDH, y a tres hermanos de las víctimas: Rosita Pérez, Alberto Moral y Evie Hunt. Los defensores cuestionaron a todos y apelaron. La Cámara resolvió apartando de las causas a los tres hermanos mencionados por falta de legitimación. Con tal motivo, no queda más alternativa que plantear la casación pues de otro modo, quedaría consentida la decisión de que los hermanos no tienen derecho a ser querellantes.
El daño tendría un efecto cascada, pues en la mayoría de los casos de todo el país, cuando no hay hijos, sólo quedan hermanos que puedan litigar.
Por otro lado, en la causa por torturas etc. a Angel Bustelo, la Cámara también aceptó la postura de los defensores y apartó al hijo que era el querellante. Por tratarse de apremios ilegales (torturas?) y no de homicidio o desaparición, estima, que sólo la propia víctima tiene derecho a accionar. El MEDH, quien sí es admitido como defensor de derechos humanos, ha ofrecido a Fidel Bustelo ingresar como querellante a esa causa y ahora queda pendiente tomar algunas decisiones.


La Quinta Pata

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