Marcelo Sivera
El plenario del máximo tribunal resolverá en los próximos días si el Estado adeuda dos o seis años del ítem congelado y si es legal recortar los salarios.
"Es uno de los primeros temas que vamos a resolver luego de la feria", confirmó uno de los siete ministros de la Suprema Corte de Justicia de la provincia.
La consulta se refería al plenario de la Suprema Corte que en los próximos días buscará unificar la jurisprudencia local determinando hasta dónde son válidos los reclamos de empleados públicos que piden por antigüedades adeudadas desde los gobiernos de Arturo Lafalla y Roberto Iglesias y hasta dónde el Estado tiene la facultad de recortar los sueldos de sus empleados en épocas de emergencia.
Hoy vuelve la actividad en Tribunales provinciales.Allí existen fallos anteriores absolutamente contrapuestos en las cuales, por un lado, hubo conjueces (abogados en función de jueces) que dictaminaron que el Estado debía devolver actualizado todo el monto que recortó en los salarios, sin ninguna prescripción de derechos para los empleados.
Por el otro, la Sala Uno de la Suprema Corte dictaminó que el Estado puede recortar (hasta un 20%) los sueldos de sus empleados en época de emergencia y que los reclamos de los afectados prescriben (sólo reconoció dos sobre seis años reclamados).
La existencia de dos criterios tan absolutamente alejados entre sí en un mismo Poder Judicial provocó que algunos empleados públicos reclamantes fueran beneficiados por conjueces que perjudicaron al Estado, mientras otros resultaron perjudicados por jueces de la Suprema Corte que beneficiaron al Estado.
La diferencia en los montos que cobraron unos y otros empleados públicos fue de tres a uno. En el medio, una infinidad de empleados públicos acordó extrajudicialmente con el Estado la devolución de montos intermedios en cuotas.
La decisión que deberá adoptar la Suprema Corte no es menor porque está pendiente de resolución un expediente denominado "Caso Cañas" que llegó a involucrar a unos 18 mil trabajadores estatales que en su momento iniciaron acciones contra el Estado reclamando por la antigüedad no abonada durante los gobiernos de Lafalla e Iglesias.
Leer todo el artículoEl número de reclamantes hoy es menor ya que muchos de ellos aceptaron los acuerdos extrajudiciales. Pero según el criterio de resolución final de la Suprema Corte, el actual gobierno de Celso Jaque deberá pagar entre 30 millones y 100 millones de pesos, de acuerdo con cálculos extraoficiales.
La decisión será adoptada por el voto mayoritario entre los siete miembros de la Suprema Corte. Se estima que Fernando Romano podría votar a favor de los empleados reclamantes mientras que Aída Kemelmajer y Alejandro Pérez Hualde, a favor del Estado. Definirán los votos de Herman Salvini, Pedro Llorente y Carlos Böhm o, en última instancia, el del presidente de la Suprema Corte, Jorge Nanclares.
Es que entre los ministros de la Suprema Corte, algunos consideran que el derecho asiste más a los empleados reclamantes y otros al Estado demandado.
Blanco o negro
En marzo pasado fueron rechazadas en la Suprema Corte de Mendoza las recusaciones presentadas por gremios estatales contra Jorge Nanclares, Carlos Böhm, Aída Kemelmajer y Alejandro Pérez Hualde en las acciones judiciales referidas al pago de la antigüedad adeudada a los empleados públicos. Ahora se avanza sobre la etapa final de las resoluciones en plenario.
También en marzo pasado la Corte Suprema de la Nación no encontró "agravio federal" para intervenir en un conflicto por pago de antigüedades entre el Estado mendocino y un grupo de sus empleados y –como consecuencia – dejó firme un fallo anterior de tres conjueces de la Suprema Corte mendocina, que resolvió la devolución a los empleados por los seis años reclamados (no sólo por dos) y desestimó las prescripciones de derechos.
En su momento, el entonces gobernador Julio Cobos había recurrido este fallo ante el tribunal nacional, y la decisión judicial obligó a Jaque a pagar 400 mil pesos a 28 empleados.
Era la denominada "Causa Araya" de pocos reclamantes, que fue resuelta a favor de los empleados por los conjueces de la Suprema Corte: Luis Sarmiento García, Raúl Jofré y Pablo de Rosas, en noviembre de 2007. La resolución fue en línea con otras anteriores (casos De Gourville y Araya) que también se inclinaron por favorecer a los demandantes.
Pero en otra causa (Sozzi) de mayor número de reclamantes, el año pasado los ministros de la Sala Uno de la Suprema Corte: Kemelmajer y Pérez Hualde – con la ausencia de Romano – consideraron válidos los recortes salariales del Estado y las prescripciones de derechos de los empleados.
Existen cuatro fallos anteriores absolutamente contrapuestos en argumentos.
Actualmente la inexistencia de un criterio consolidado en la Justicia mendocina para resolver estos pleitos hace posible que la resolución final del plenario de la Suprema Corte pueda oscilar entre el rechazo casi total al reclamo de los empleados (como ya sucedió con fallo de la Sala 1) y la orden de pago total de los seis años de antigüedad no abonada (como resolvieron los conjueces).
En cualquier sentido, la resolución alcanzará un mayor o menor impacto del que no podrán estar ajenos la Casa de Gobierno, los gremios estatales y los bolsillos de los empleados reclamantes.
Los Andes, 27 – 07 – 09
La Quinta Pata
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