miércoles, 14 de octubre de 2009

Congreso de Derechos Humanos en la Facultad de Derecho - UNCuyo

INADI Mendoza invita al Congreso de Derechos Humanos el jueves 15 de Octubre a las 17 horas en la Facultad de Derecho de la UNCuyo.

Temáticas a tratar:
- Discriminación, Xenofobia, Racismo – El Paradigma de la Diversidad
- Trata y tráfico de mujeres, niños/as y adolescentes con fines de explotación sexual y/o laboral
- Los derechos de los y las migrantes
- Diversidad Sexual - Los Derechos de la comunidad lésbica, gay, transexual, transgénero, travesti, bisexual, intersexual

Organiza: Centro de Estudiantes de la Facultad de Derecho

Porque juntos y juntas podemos construir una sociedad inclusiva de las diversidades,

¡Te esperamos!

Trata y Tráfico de Personas
La trata de personas es una forma de esclavitud (sexual o laboral) mediante el secuestro, engaño o la violación.
Las víctimas de trata suelen ser reclutadas mediante engaños (tales como falsas ofertas de trabajo) y trasladadas hasta el lugar donde serán explotadas.
Allí son retenidas contra su voluntad y obligadas a prostituirse o a trabajar en condiciones infrahumanas.
Mediante amenazas y violencia, sus explotadores se aseguran que no se escapen ni puedan pedir ayuda.
La trata de personas es un delito cometido por redes que reclutan, secuestran, trasladan, alojan y explotan a las víctimas.
La persona que, mediante engaños, amenazas o violencia es obligada a hacer cosas contra su voluntad, es víctima de un crimen.
El 80% de las víctimas de trata son mujeres, niñas y adolescentes que son obligadas a prostituirse.
Leer todo el artículo
Las víctimas de trata tienen derechos según el protocolo de Palermo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas:
- Derecho a recibir alojamiento, comida y protección en situación de emergencia.
- Derecho a recibir asistencia médica, legal y psicológica.
- Derecho a recibir asistencia para armar un nuevo proyecto de vida.

Si usted sabe de alguna persona forzada a prostituirse o trabajar en condiciones de esclavitud su llamada anónima al 0800-999-2345 puede salvar a una víctima.
No a la trata de personas - No a la esclavitud moderna - Plan Nacional Contra la Discriminación

Sobre la Violencia de Género
La violencia contra las mujeres viola el derecho a la integridad, a la autonomía y libertad personal, a la salud y menoscaba también el pleno goce de los derechos civiles, económicos, sociales y culturales. Su solo ejercicio es una violación al principio universal de no-discriminación y tiene efectos traumáticos de manera inmediata y a largo plazo para las mujeres, para sus hijos e hijas y para la sociedad toda.

Cuando hablamos de violencia de género nos referimos a aquella que se ejerce contra las mujeres, que está motivada en la desigual relación de poder entre varones y mujeres, reflejando una situación de subordinación social y discriminación basada en estereotipos y/o prácticas sociales y culturales que operan en detrimento de la igualdad de derechos.

Es importante destacar que la violencia contra las mujeres no sólo puede manifestarse como agresión sexual o física sino que el maltrato puede ser de tipo psicológico siendo destinatarias de gritos, insultos, amenazas, descalificaciones y/o sometimiento económico, entre muchas otras formas.

La violencia sexual incluye conductas que abarcan desde el abuso o la violación, el no querer tomar precauciones para evitar el contagio de enfermedades sexuales o embarazos, obligar a las mujeres a realizar prácticas sexuales no deseadas y/o tratarlas como un objeto sexual. Los prejuicios sexistas suelen derivar en prácticas culpabilizadoras y revictimizadoras hacia las mujeres maltratadas o víctimas de delitos sexuales. Estos prejuicios, en muchos casos, son acentuados y reproducidos por algunos medios de comunicación que confinando estos casos a las páginas policiales o tratándolos como “crímenes pasionales” distorsionan el problema de fondo, flagelo que debemos llamar por su nombre, la inseguridad de las mujeres es la violencia de género.

Los mitos respecto a las violaciones también son un ejemplo de la discriminación. Uno de ellos es que las mujeres son violadas por extraños en lugares solitarios y oscuros cuando en realidad gran parte de estos delitos ocurren en sus casas y los agresores suelen ser familiares o conocidos o vecinos o amigos varones.

Otra forma en la que se manifiesta esta violencia de género es la trata y el tráfico de mujeres. Con el fin de explotarlas laboral o sexualmente, este flagelo se convierte en un negocio tenebroso que lamentablemente va en aumento en nuestro país.

La violencia contra las mujeres refleja la situación de discriminación que sistemática y cotidianamente existe en nuestra sociedad.

Porque los derechos de las mujeres son derechos de los humanos y las humanas, el Estado tiene la ineludible obligación de propiciar políticas públicas que erradiquen la discriminación por género y construyan una sociedad donde se garantice el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.

Sobre la Violencia hacia niños, niñas y adolescentes
“La violencia familiar y el abuso sexual en sus hogares es otra manifestación de discriminación hacia los niños, niñas y adolescentes. Esta violencia está basada en los mecanismos de poder ejercidos por los adultos en las relaciones familiares patriarcales, en las que el padre detenta el poder sobre la mujer y los hijos. En muchas ocasiones son las madres las que maltratan a sus hijos, siendo ellas también maltratadas por los maridos, como parte de una cadena de poder intrafamiliar que somete al más vulnerable. La violencia y abuso familiar contra los niños y niñas se verifica en todas las clases sociales y con participación de distintos familiares o allegados adultos.

En nuestra cultura está aún legitimado que los padres y madres puedan ejercitar violencia física sobre sus hijos “para corregirlos”, de la misma manera que antaño se aceptaba que los maestros corrigieran a los niños con castigos físicos. Sólo se consideraba impropia aquella violencia que causaba “excesivo daño”. Sin embargo, estas conductas sociales hoy van siendo progresivamente revisadas y ya no se acepta que un maestro golpee a un niño o niña. Aún así, en nuestra sociedad cotidianamente se presentan casos de niños y niñas muertos y/o abusados sexualmente por sus padres y/o convivientes o maltratados sin que haya políticas sistemáticas de detección del maltrato infantil en las escuelas y los hospitales. Recientemente se han desarrollado, en algunas provincias, líneas telefónicas para denunciar maltrato infantil. Pero no se realizan campañas masivas tendientes a deslegitimar y prevenir la violencia física y psicológica contra los niños, niñas y adolescentes, ni para proteger sus derechos fundamentales a fin de vivir una vida libre de violencias […].”

Explotación sexual de niños, niñas y adolescentes
Los aspectos más brutales de la discriminación de los niños, niños y adolescentes se manifiestan en la explotación sexual, el tráfico y la trata con fines de prostitución y turismo sexual. En 2001 nuestro país ha ratificado el Convenio No 182 de la OIT sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y de las Acciones Inmediatas para su Eliminación y creó la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CONAETI) en el ámbito de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

La tarea que se debe realizar en este campo es vastísima, en tanto la explotación sexual comercial infantil se basa en una relación de poder ejercida por aquellas personas, incluidos los clientes, que abusan de los cuerpos de los niños, niñas y adolescentes, obteniendo provecho de su comercialización para prácticas sexuales. La información sistemática sobre el tema es muy escasa y los programas y acciones concretas para prevenir, investigar y sancionar a los delincuentes -que obtienen enormes ganancias con la explotación de nuestros niños y niñas- son más escasos aún.

La clandestinidad del tráfico de menores con fines de explotación sexual impide tener datos cuantitativos del problema. Sin embargo, el estudio realizado por UNICEF sobre “La Niñez Prostituida. Estudio sobre Explotación Sexual Comercial Infantil en la Argentina” da cuenta de la envergadura del problema y confirma “la presencia de niños y jóvenes prostituidos de ambos sexos, tanto en lugares cerrados (burdeles, saunas, clubes, etc.) como abiertos (discos, pubs, agencias, etc.) o en la calle”. Si bien, como ha sido señalado, las estimaciones cuantitativas se ven impedidas por la clandestinidad y la diversidad de las modalidades que asume este tipo de explotación, la investigación realizada pudo constatar la existencia de niños y niñas prostituidos en todas las regiones estudiadas y bajo todos los tipos de explotación sexual.

Los daños físicos y psicológicos infringidos por la explotación sexual de menores la convierten en una de las formas más abusivas y aberrantes de la discriminación infantil. Los niños y niñas explotados por las redes de traficantes y/o proxenetas diversos afrontan diariamente graves riesgos para su salud, entre ellos la exposición al VIH y las enfermedades de transmisión sexual, los embarazos no deseados y la adicción a estupefacientes.”

Propuestas del Plan Nacional contra la Discriminación para la erradicación de la Violencia de Género y la Trata y Tráfico de Personas
17. Derogar los artículos de todos los Códigos provinciales y municipales con figuras contravencionales “abiertas” (falta de moralidad, escándalo en la vía pública, merodeo, prostitución, etc.) que otorgan facultades a la policía para realizar detenciones sin intervención judicial previa.

49. Crear una fiscalía especializada en la investigación del delito de tráfico y trata de personas, especialmente de mujeres, niños y niñas.

87. Desarrollar políticas públicas destinadas a prevenir, investigar y castigar la trata y la explotación sexual de menores.

90. Generar programas que contemplen el acceso de los niños, niñas y adolescentes a grupos de ayuda en casos de violencia doméstica, dotados de personal especializado y que tengan en cuenta la palabra de los niños

91. Desarrollar políticas públicas destinadas a prevenir, investigar y castigar el tráfico y trata nacional e internacional de mujeres, garantizando la protección y la rehabilitación física y psicológica de las víctimas, mediante el establecimiento de mecanismos de reinserción laboral y económica.

96. Hacer efectivo el cumplimiento nacional de las leyes sobre violencia doméstica, exigiendo la aplicación de las disposiciones de exclusión del hogar de los violentos.

97. Desarrollar programas integrales de prevención, sanción y erradicación de la violencia doméstica en todo el país que incluya la asesoría legal, el tratamiento médico y psicológico, planes de inserción laboral y profesional de las mujeres para que puedan superar las situaciones de dependencia económica. Se sugiere que estas acciones sean cumplidas por profesionales especializados en la materia.

98. Crear casas de refugio o de tránsito para víctimas de violencia familiar en situaciones de crisis, dotadas de personal especializado. Se sugiere incluir en estos programas acciones destinadas al tratamiento obligatorio de los violentos.

99. Promover la formación de profesionales capacitados para trabajar interdisciplinariamente en casos de violencia doméstica, con un enfoque de género y protección etaria que aborde tanto la situación de las víctimas como el tratamiento de los golpeadores.

100. Generar mecanismos institucionalizados de control por parte de organizaciones de protección de derechos para supervisar el cumplimiento de las leyes y programas orientados a prevenir, sancionar y erradicar la violencia domestica.

201. Implementar los mecanismos judiciales e institucionales para que las detenciones arbitrarias y malos tratos de personas en situación de prostitución sean investigados adecuadamente, sancionando a aquellos funcionarios (policías, fiscales, jueces, etc.) que incurran en incumplimientos de sus obligaciones legales.

238. Capacitar mediante la realización de talleres al personal de las instituciones de salud a fin de erradicar el maltrato y trato discriminatorio de género, particularmente hacia mujeres indígenas, mujeres migrantes, ancianas, mujeres con abortos sépticos, embarazadas y parturientas pobres multíparas, y casos similares.

239. Arbitrar los medios para que en los hospitales existan centros especializados, con personal especializado y protocolos estandarizados para la recepción y atención de víctimas de violación y otros delitos sexuales.

“Hacia una Argentina sin Discriminación. Avances en la implementación del Plan Nacional contra la Discriminación”
Proyecto INADI:

Acciones específicas tendientes a promover una intervención efectiva frente al problema de la trata de personas (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos).

Durante el mes de marzo de 2007, el INADI fue parte del lanzamiento de la Campaña “Digamos no a la Trata, No a la Esclavitud Moderna”, diseñada por la OIM, proporcionando su línea telefónica gratuita de alcance nacional 0800-999-2345, para atender consultas y denuncias (tanto de víctimas como de personas que denuncian hechos o lugares donde podrían existir situaciones de trata), derivando los casos a los organismos competentes.

En este sentido, las actividades desarrolladas por el INADI son:
- Articulación con OFAVI (Oficina de Atención a Víctimas del Delito de la Procuración de la Nación) para derivación de las denuncias recibidas en la orientación telefónica;
- Seguimiento de los proyectos de ley sobre “Trata y tráfico de personas” en el Poder Legislativo;
- Articulación con otros programas del Ejecutivo Nacional. El INADI forma parte de los Consejos Consultivos de estos Programas;
- Distribución de materiales de la Campaña “Digamos no a la Trata, No a la Esclavitud Moderna” (afiches, videos) en las Delegaciones Provinciales, con capacitación específica para que las/los Delegados/as puedan constituirse en referentes en las provincias;
• Producción e documentos de opinión sobre proyectos de las provincias relacionadas con programas de atención a víctimas de trata y temas conexos;
• Asesoramiento y participación en actividades promovidas por organizaciones de la Sociedad Civil, y participación en jornadas y talleres de capacitación en todas las provincias.

Existen dos programas nacionales destinados a la prevención de la trata de personas: el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas radicado en el ámbito del Ministerio del Interior y creado por el Decreto Nº 1281/2007 y el programa de Prevención de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas radicado en el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y puesto en marcha por la resolución Nº 746/2007.

Resulta de importancia recordar que la institución creada al efecto de prevenir y castigar la trata sexual de menores es el Defensor de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes. La ley Nº 26061 crea a la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia como una instancia de control cruzado dentro del Estado. La ley crea la figura del Defensor quien tendrá como responsabilidad velar por la protección y promoción de sus derechos consagrados en la Constitución Nacional, CDN y las Leyes Nacionales.

Identidad Sexual
El Plan Nacional Contra la Discriminación sostiene que “nuestra sociedad históricamente legitimó una concepción de sexualidad única, normal, sana y legal que se contraponía a cualquier otra concepción de sexualidad. Esta noción niega la evidencia de la existencia de sexualidades diversas y diferentes orientaciones sexuales e identidades de género. Desde la religión y la medicina se ha intentado definir y disciplinar la sexualidad clasificándola en dos sexos. Se han establecido códigos binarios, basados supuestamente en la inapelabilidad biológica, instituyendo jerarquías y desigualdades, que han sido consagradas como legales a través de la normativa estatal negando el derecho de identidad sexual a un número considerable de seres humanos que no pueden ni quieren ser encasillados en este orden, ya que reconocen una diversidad de diferentes orientaciones sexuales”.

Las personas con diversas orientaciones sexuales e identidades de género figuran entre los grupos humanos discriminados en nuestra sociedad, a los cuales se les reservan etiquetas negativas y epítetos peyorativos y ofensivos. Los sentimientos de rechazo y desprecio, que llegan a la violencia y la agresión contra estos seres humanos, se denominan homofobia.

De los niveles en los que opera la homofobia, la institucional que se refiere a las formas mediante las cuales los organismos gubernamentales, empresariales, educativos o religiosos discriminan sistemáticamente por la orientación o identidad sexual. Las leyes, los códigos o los reglamentos se encargan de legalizar dicha discriminación.

Siguiendo con el Plan, las formas más habituales de discriminación en el ejercicio de sus derechos, entre otras, son las siguientes:
- Ausencia de legislación que reconozca la unión civil de parejas
- Para los/as transexuales, la problemática más frecuente es la de los documentos de identidad, que no indican la identidad de género de las personas ocasionándoles todo tipo de problemas en el ejercicio de sus derechos ciudadanos
- No se permite a las parejas de un mismo sexo adoptar niños/as
- Alarman las condiciones inhumanas de detención de las personas gays, travestis o transexuales
- Los códigos contavencionales de la mayoría de las provincias otorgan a los/as policías facultades discrecionales para detener a las personas bajo el supuesto de infracciones a la moralidad pública, que “habilitan toda clase de abusos y corrupción policial”.

Propuesta del Plan Nacional Contra la Discriminación
17- Derogar los artículos de todos los Códigos provinciales y municipales con figuras contravencionales “abiertas” (falta de moralidad, escándalo en la vía publica, merodeo, prostitución, etc.) que otorgan facultades a la policía para realizar detenciones sin intervención judicial previa.

19- Promover la sanción de una ley nacional de unión civil para parejas de un mismo sexo con garantías y atribuciones similares que las parejas heterosexuales.

102- promover la adecuación procesal que posibilite el registro fotográfico en los documentos de identidad según el aspecto físico de personas con diversa orientación sexual e identidad de género.

103- Crear en todas las provincias y a nivel nacional programas específicos de capacitación laboral y profesional que promueva la inserción laboral de personas en situación de prostitución y/o con diversa orientación sexual e identidad de género.

No más discriminación a los/as migrantes, refugiados y refugiadas
- Ratificación de la Convención de Derechos de Trabajadores/as Migrantes y sus familias
- Igualdad en Derechos Humanos
- No más Violencia
- Solución de los problemas de documentación de modo directo y accesible
- Erradicación de la explotación laboral de migrantes y refugiados/as

INADI Mendoza, 14 – 10 – 09

La Quinta Pata

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