Las que hasta ahora eran sospechas, consiguieron ser ratificadas por la declaración que formuló ante la justicia el ex juez federal Rolando Carrizo, en una causa que investiga el accionar delictivo de los funcionarios policiales y del Ejército en la última dictadura militar. Aquí, el testimonio del ex magistrado que reconoció a Carlos Rico Tejeiro entre quienes trasladaban a detenidos de la última dictadura.
El ex subsecretario de Seguridad Carlos Rico Tejeiro quedó comprometido en una causa judicial en la que se investiga la comisión de delitos por parte de funcionarios de la última dictadura militar.
Fue durante la declaración testimonial brindada por el ex juez federal (entre el 19 de diciembre de 1975 hasta el 06 de junio de 1976) Rolando Evaristo Carrizo, en la causa madre caratulada "Fiscal c/Daniel Hugo Rabanal y ots. en Av. Infracción Ley 20.840" y en ella se investigan secuestros, torturas, desapariciones y asesinatos, cometidos en Mendoza en febrero de 1976, sobre el final del gobierno de Isabel Martínez de Perón. Las víctimas fueron Miguel Angel Gil, Daniel Rabanal, Mario Muñoz, Marcos Ibáñez, Rodolfo Molina, Guido Actis, Silvia Ontiveros, Estela Ferrón, Fernando Rule, Ivonne Larrieu y Vicenta Zárate. Como consecuencia de los tormentos, Gil sufrió una herida en la pierna que se infectó y le produjo una septicemia, de la que murió el 22 de febrero de 1976.
Carrizo declaró que los detenidos “una vez que fueron indagados en la sede policial (por un estado de necesidad), advertí que ninguno de los imputados había declarado y al mismo tiempo por existir en el expediente unas fotografías tomadas en el momento de la detención, que databa de varios días, noté que difería mucho en el aspecto físico de las personas que tenía adelante, porque casi todas habían adelgazado y se encontraban en evidente deterioro físico”.
El ex juez indicó, además, que “por haberse negado a declarar no denunciaron apremios ilegales y por ese motivo cuando se hizo el decreto de internación se le dirigió al Jefe del Penal una orden de una rigurosa revisación médica y atención y que se elevara un informe del resultado de esa gestión a la brevedad al Tribunal”.
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