domingo, 24 de abril de 2011

96º aniversario del genocidio armenio

24 de abril, día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos.
La Delegación INADI Mendoza invita a la comunidad mendocina a reflexionar en el marco del 24 de abril “Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos”, fecha en la que se recuerda el horror del genocidio sufrido por el pueblo armenio a partir del año 1915.


Un día 24 de abril, pero 96 años atrás, durante la noche, el gobierno de los Jóvenes turcos hizo detener y deportar a los máximos líderes religiosos, políticos, intelectuales, gente de la cultura de la nación armenia: tras pasar una noche detenidos, fueron diseminados hacia diversos puntos del país, donde eran esperados para ser asesinados tras falsos juicios. Fueron más de 800 personas notables detenidas.

Simultáneamente, se dio orden de matar a todos los hombres en edad militar, dejando indefensa a toda la población armenia. Luego vino la deportación letal: mujeres, niños/as y ancianos/as, fueron obligados/as a caminar distancias enormes donde morían sistemáticamente de cansancio, deshidratación y hambre.

Así, dio comienzo una de las más atroces matanzas perpetradas por el ser humano con la intención de destruir, en todo o en parte, a un grupo nacional, étnico o religioso, y que culminó con el exterminio de más de tres cuartos de toda la población armenia.

El genocidio armenio fue ignorado por la comunidad internacional durante muchos años. Recién en 1985 (70 años más tarde) una comisión de las Naciones Unidas aceptó calificar el caso armenio como el de un genocidio.

En Argentina, en el año ’95, se aprobó la ley nacional Nº 24.559 “Día de repudio y lucha contra la discriminación del hombre contra el hombre” que declaraba como tal el día 24 de abril, en homenaje a las víctimas del genocidio. Dicha ley, aprobada por ambas cámaras del congreso de la nación, fue posteriormente vetada por el decreto Nº 562/95 del entonces presidente Carlos Saúl Menem.

Afortunadamente, el 11 de enero de 2007, se promulgó la ley nacional Nº 26.199, en la que se instauró el 24 de abril como el "Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos" “en conmemoración al genocidio del que fue víctima el pueblo armenio y con el espíritu de que su memoria sea una lección permanente sobre los pasos del presente y las metas de nuestro futuro”. (art. 1º, ley nacional 26.199).

La Sentencia de Oyarbide
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“El estado turco ha cometido el delito de genocidio contra el pueblo armenio, en el período comprendido entre los años 1915 y 1923”, en el que fueron asesinadas un millón y medio de personas mediante una “estructurada planificación exterminadora”. La sentencia, a casi un siglo de aquellos hechos aberrantes, fue firmada muy lejos de donde ocurrieron, por el juez federal Norberto Oyarbide, el primer magistrado en el mundo que aplica para el caso armenio la jurisdicción universal en un proceso que equiparó a los juicios por la verdad que se llevaron a cabo en Argentina cuando las leyes de impunidad impedían juzgar los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. La condena es una “resolución declarativa”, es decir que no tiene efectos penales, pero tendrá un importante valor para que las familias de las víctimas y sobrevivientes de aquella matanza se presenten en otros foros internacionales.

El juez explicó que la sentencia toma conceptos de la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio, y datos de documentos clasificados que aportaron Alemania, Inglaterra, Francia, Bélgica y Estados Unidos, entre otros. Entre ellos hay, por ejemplo, cables diplomáticos de funcionarios alemanes en el imperio otomano que hablaban de un plan sistemático de exterminación. De ese material, dice el juez, “surge la existencia de homicidios, lesiones graves a la integridad física y mental de la población civil perseguida (en forma masiva), sometimiento a condiciones de vida destructivas, medidas destinadas a impedir nacimientos y traslado por la fuerza de niños”. Recuerda, en función de aportes del querellante, que la persecución se basaba en razones “religiosas (al identificar al pueblo armenio con el cristianismo), étnicas, nacionales y geopolíticas”.

La sentencia señala que “ningún genocidio se hubiera perpetrado si el estado turco no lo hubiera proyectado e instrumentado, y las grandes potencias en conflicto no lo hubieran permitido”. Fue, añade, “un plan de eliminación de una nación entera, en forma previa a lo que los nazis denominaron ‘la solución final’” (por el plan de aniquilamiento de los judíos). La resolución dice que está comprobado “el carácter de víctima de los familiares de Hairabedian” y concluye que se “ha cometido delito de genocidio en perjuicio del pueblo armenio”. Para los querellantes, se “inicia una nueva etapa, que es la de la reparación”.

(Fuente: Diario Página 12)

El Genocidio Negado: material de lectura
Desde la Delegación INADI Mendoza, tenemos la intención de poner a disposición un material confeccionado por el Consejo Nacional Armenio de Sudamérica que brinda una importante información sobre la historia de su pueblo y el genocidio del cual fue víctima. Además, contiene un apartado con actividades didácticas sugeridas para los/as alumnos/as de Nivel Primario y Medio, facilita y brinda herramientas pedagógicas para que los/as maestros/as y los/as profesores/as puedan tratar la temática del genocidio armenio en el aula: http://www.cna.org.ar/pdf/Armenianuevo.pdf

INADI Delegación Mendoza, 20 – 04 – 11

La Quinta Pata

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