El tribunal oral Nº 21 de la Ciudad de Buenos Aires condenó a 18 años de prisión a Cristián Favale, Gabriel Sánchez y Pablo Díaz, mientras que sentenció a 15 años al secretario general de la Unión Ferroviaria José Pedraza, y a su segundo, Juan Fernández. El tribunal consideró que fue homicidio simple y que no se pudo probar que hubieran ido directamente a matar, desestimando de este modo el papel de la patota y sus vínculos. De esta manera, aunque hubo condena, el fallo no cumple con las expectativas de distintas organizaciones políticas, sociales y de derechos humanos. Los fundamentos se conocerán el 17 de junio.
En las afueras de Comodoro Py, gran cantidad de organizaciones políticas, sociales, estudiantiles y de derechos humanos, que habían realizado una vigilia desde la noche del jueves, siguieron la extensa audiencia que comenzó por la mañana con las últimas palabras de varios de los imputados que fueron declarándose inocentes. La Red Nacional de Medios Alternativo también acompañó con una transmisión especial que se desarrolló durante todo el día.
Alrededor de las 19:00, los jueces Horacio Días, Carlos Bossi y Diego Barroetaveña comenzaron a leer la sentencia del juicio por el asesinato de Mariano Ferreyra y las heridas sufridas por Elsa Rodríguez, Nelson Aguirre y Ariel Pintos, el 20 de octubre de 2010.
Primero, el presidente del tribunal, Horacio Días, dio un resumen de los fundamentos del fallo. Aclaró que no iba a ser "ejemplar", como había solicitado la querella representada por CORREPI, ya que eso “implicaría forzar la interpretación de los hechos de la causa”, y justificó esta decisión en que “la querella encabezada por la doctora Verdú con la teoría del plan de tres patas, muestra pero no demuestra lo que afirma; da cuenta más de su propia visión del mundo".
▼ Leer todoEl tribunal también desestimó los audios de la causa, en los que se registraban diálogos entre el imputado José Pedraza y el ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada, por un lado, y, por otro, con la viceministra de la misma cartera, Noemí Rial. La explicación fue que Tomada "se lo quiso sacar de encima” a Pedraza y relativizó la frase del Ministro -"la mejor defensa es un buen ataque" – ya que, según el juez, es lo mismo que "haber dicho siempre que llovió paró".
Finalmente, Cristian Favale y Gabriel Sánchez fueron sentenciados a 18 años por ser los autores materiales, aunque no se estableció cuál de los dos fue el que disparó. Misma condena recibió el jefe de la comisión de reclamos del sindicato, Pablo Díaz, como partícipe necesario.
Al líder de la Unión Ferroviaria José Pedraza, y a su segundo, Juan Fernández, se los condenó a 15 años, por ser penalmente responsables del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipes necesarios.
El resto de las condenas fueron:
- 11 años para Jorge Gonzalez y Salvador Pipitó
- 10 años para Luis Mansilla
- 8 años para Claudio Alcorcel y Jorge Ferreyra
- 2 años para Hugo Lompizano, Luis Echavarría y Gastón Conti
- 12.500 pesos de multa para David Villalba.
En tanto fueron absueltos Juan Carlos Pérez, Guillermo Uño y Rolando Garay
A las 19.50, aproximadamente, se suspendió la lectura del fallo y se desalojó la sala, por una pelea generada en la parte superior de la sala, donde estaban, por un lado, los militantes que exigían cadena perpetua y, por otro, los familiares de los imputados, quienes habían comenzado a provocar a los primeros. Media hora después se reanudó la audiencia y se leyeron las últimas sentencias.
Detalle de las sentencias
- José Ángel Pedraza: fue condenado a 15 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.
- Juan Carlos Fernández: fue condenado a 15 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.
- Pablo Díaz: fue condenado a 18 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.
- Cristian Daniel Favale: fue condenado a 18 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de coautor.
- Gabriel Fernando Sánchez: fue condenado a 18 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de coautor.
- Jorge Daniel González: fue condenado a 11 años de prisión, por ser coautor penalmente responsable del delito de coacción en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa, este último en calidad de partícipe necesario.
- Francisco Salvador Pipitó: fue condenado a 11 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable del delito de coacción en concurso ideal con homicidio, el que concurre idealmente con homicidio en grado de tentativa, en calidad de partícipe necesario.
- Claudio Fernando Alcorcel: fue condenado a 8 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser autor penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe secundario.
- Luis Osvaldo Mansilla: fue condenado a 10 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.
- Jorge Raúl Ferreyra: fue condenado a 9 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.
- Hugo Ernesto Lompizano: fue condenado a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial por el doble tiempo y costas, por ser penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de autor.
- Luis Alberto Echavarría: fue condenado a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial por el doble tiempo y costas, por ser penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de autor.
- Gastón Maximiliano Ezequiel Conti: fue condenado a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial por el doble tiempo y costas, por ser penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de autor.
- David Ismael Villalba: fue condenado a la pena de $12.500 de multa, inhabilitación especial por un año y costas, por ser penalmente responsable del delito de omisión de deberes de oficio en calidad de autor.
- Juan Carlos Pérez: absuelto.
- Guillermo Uño: absuelto.
- Rolando César Garay: absuelto.
Durante los alegatos, la querella del Centro de Estudios Legales y Sociales, que representa a la familia de Ferreyra, había solicitado perpetua para 14 de los 17 imputados, mientras que la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) y la Asociación de Profesionales en Lucha (APEL), que representaron a los heridos, había solicitado 25 años para los 17 imputados. Por su parte la fiscalía había pedido cadena perpetua para el ex líder de la Unión Ferroviaria. Sin embargo la condena mayor fue de 18 años.
Anred y Red Eco Alternativo, 20 – 04 – 13
La Quinta Pata
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