domingo, 20 de abril de 2014

Romano incurrió en nuevas contradicciones

Contradicciones, justificaciones y reiteración de argumentos. La lectura de la declaración del año 2010 de Romano insumió 10 horas en total

En su respuesta caso por caso, de las 33 imputaciones por el delito de homicidio agravado, 26 privaciones ilegítimas de libertad, 36 casos de torturas, allanamiento ilegal, y apropiación de un menor, insistió con la caracterización de las condiciones en que los tribunales y específicamente la fiscalía, debían desempeñarse. Reducido personal de apoyo, falta de recursos como máquinas de escribir, muchísimo trabajo ya que debían encargarse de todos los delitos relacionados con las empresas del Estado, como YPF, Ferrocarriles, Agua y Energía, etc., además de las otras causas. Reiteró que trabajaban con entusiasmo y responsabilidad a pesar de los sueldos de hambre con los que no llegaban a fin de mes. Todo esto en un contexto de ignorancia sobre lo que ocurría en el país por la censura en los medios y la distorsión en la información de los mismos así como clima de violencia existente. Mencionó reiteradamente la situación de temor en que ellos vivían. En varias oportunidades ante la pregunta específica de si habían sido apremiados o amenazados para realizar su trabajo, contestó que no, y que se desempeñaban en un ambiente de relativa independencia, contradiciéndose luego al decir que habían sido amenazados en varias oportunidades, hecho por el que debía andar armado, mencionando al Comando Anticomunista de Mendoza, a la organización Pio XII, o a grupo de Oficiales Jóvenes.

Los casos de homicidio agravado en esta jornada correspondieron a Mauricio López, Rubén Bravo, Pedro Ponce, Ángeles de Moyano, Jorge Pérez, Emiliano Pérez, Gloria Fonseca, Miguel Pacheco, María del Carmen Marín, Carlos A. Marín, José Rossi, Mercedes V.de Espeche. Antonia Campos, José Alcaraz, Walter Domínguez y Gladys Castro.

En cada uno de ellos, además de abundar en las condiciones antes mencionadas, explicó que los Habeas Corpus terminaban siendo rechazados, ya que las denuncias no eran suficientes en cuanto se referían a grupos encapuchados armados que decían ser de una fuerza en especial, pero que al darle curso a las distintas reparticiones, siempre tenían resultados negativos, y que en ese momento ellos no tenían elementos para dudar de las respuestas de las fuerzas de seguridad, no había datos precisos, y ellos no podían hacer nada, “carecíamos de poder” aseguró. Aclaró también en varias ocasiones que en la actualidad se sabe de la existencia de centros clandestinos de detención, pero en aquel momento no se tenía ningún indicio que lo hiciera suponer. Una de las frases que repercutió en la sala en el día de ayer fue cuando se escuchó que la presentación de los Habeas Corpus era “un motivo para cobrar la indemnización”. En este sentido, desligándose de culpas y brindando detalles en su declaración, afirmó que en muchos casos los informes de detención no eran informes verídicos y, que en otros, las denuncias de los familiares por la averiguación de paradero desaparecían de las comisarías y el HC quedaba nulo, justificando así la no actuación de los jueces en esos casos. Destacó que los Habeas Corpus se realizaban con el fin de cesar las detenciones ilegales, no para averiguar el paradero de las personas, por lo que debía rechazar estos pedidos. Además resaltó que no se podía actuar debido a la falta de materiales y de recursos humanos, destacando siempre la obsolescencia tecnológica como un factor preponderante.

Los casos de privación ilegítima de la libertad, en los que Romano intervino son los correspondientes a: Luis Granizo, Atilio Arra, Emanuel Ander Egg, Manuel Oviedo, Irma Zamboni de Ander Egg, Walter Hoffman, Carolina Abrales, Oscar Koltes, José Lozano, Laura Botella, Néstor López, Alberto Ochoa, Violeta Becerra, Jaime Valls, Raúl Lucero, Samuel Rubinstein, Justo F. Sánchez, Roberto Roittman, Joaquín Rojas, Julio Rojas, María Castro, Margarita González y Juan Carlos Nieva. Aquí, Romano repitió las justificaciones generales, que en caso de que los detenidos fueran puestos a disposición del PEN, los recursos de Habeas Corpus estaban bien rechazados, ya que los fiscales representaban al Poder Ejecutivo. Ante la pregunta del Juez acerca de si no se sospechaba de la ilegitimidad de la detención, reiteró que en ese momento las fuerzas armadas eran creíbles para él, para poco después agregar que ellos no podían hacer nada, e insistiendo en la escasez de personal y medios con los que contaban, aseguró que hay que juzgarlos por lo que hicieron y no por lo que omitieron o lo que se les pudo haber escapado. Aseguró que ”nosotros trabajábamos con dedicación, hasta los sábados, cuando luego nos íbamos al Trevi a tomar un aperitivo”.

Con respecto a los delitos de Torturas, de los cuales Romano está implicado en 36 casos, en general explicó que la mayoría de los detenidos nunca denunciaron los apremios o torturas en su primera declaración, la que siempre se hacía en el lugar de detención ante los mismos miembros de la fuerza de seguridad, y tampoco lo hicieron en los casos en que se les hizo consejo de guerra. Las denuncias siempre se sucedían después, ante el Juez en el tribunal o cuando iba alguno de los defensores al penal. Como algo lógico, el ex juez aseguró que debía tomarse en cuenta la primera declaración, aunque las víctimas argumentaran que en esa primera ocasión lo hicieron con los ojos vendados, sin saber lo que firmaban, o que aún sabiéndolo, lo hicieron para dejar de ser torturados.

“No podíamos tampoco investigar un par de cachetazos o que no comían bien o no les daban frazadas”. Aclara Romano que las denuncias de torturas eran hechas tiempo después de ocurridas, que ya no había elementos probatorios físicos o que carecían de valor. Con la misma lógica afirmó que muchas de estas víctimas pasaron por consejo de guerra con lo que las declaraciones se validaban allí, porque esas instancias estaban consideradas como de autoridad moral y eficacia.

“Esta humanidad me hizo violar mis funciones”

Esta frase quedó repicando en el aire al hacer mención con sutil sarcasmo al caso de Pedro Ulderico Ponce, al afirmar que pesa sobre su conciencia “el no haber actuado como debía actuar”, ya que no denunció a Ponce cuando lo vio y lo escuchó. Llenándose de aires de humanidad, continuó su relato diciendo que sintió lástima por Pedro, porque no podía ver a su hijita “y yo también tenía una hija”. Prosiguió, y dejó claro que lo dejó ir con la promesa de que “iba a arreglar sus asuntos”. Afirmó que no haberlo denunciado en vez de beneficiarlo, terminó perjudicando a Ponce. Concluyó sobre este caso con palabras tan desafortunadas como las demás: ”Seguramente ahora estaría (por Ponce) tirándome piedras en el grupo que se junta ahí, en nombre de los Derechos Humanos”.

Los casos en estas imputaciones son los de León E. Glogowski, María S. Liggera, Prudencio Mochi, Ismael Calvo y Blas Yanzón. Roque A. Luna, Rosa del Carmen Gómez, Ramón Córdoba, Leopoldo López, Héctor García, David Blanco, Carlos D. Ubertone, Antonio Savone, Alicia Beatriz Morales, Daniel Rabanal, Rodolfo Molinas, Fernando Rule, Marcos Ibáñez, Alberto Muñoz, Haydee Fernández, Vicenta Zárate, Silvia Ontiveros y Stella M. Ferrón de Rossi, Inés Atencio, Teresita Llorens , Roberto Jalit y Roberto Blanco, Aldo Rivaletto, Carlos Astudillo y Pedro Torres, Ángel B. Bustelo, Néstor Ortiz y Florencia Santamaría, Roberto Gaitán, Edith Arito y Alberto Scafatti, Carlos Cangemi, Luz A. Faingold.

Rebecca y Luz… las meninas de Romano

Sobre el caso de violación de Luz Faingold, Romano ratificó que la joven no denunció el hecho ante él en el juzgado, sino que “no fue capaz de hacerlo hasta 9 años después” y la descalificó sugiriendo que hizo lo que hizo asesorada por los Organismos de DDHH.

El último caso se trató de Manrique – Terrera el matrimonio desaparecido, que se archivó porque se promulgaron las leyes de Punto Final, obviando Romano la aplicación de la excepción prevista en relación a los “delitos de violación, sustracción y ocultación de menores” cuando del hecho surgía la apropiación de la menor Rebecca Celina Manrique. Por este caso, el ex juez dijo “no advertí la existencia de la menor en el expediente”. Según él, recién cuando la víctima se hizo el análisis de ADN, tomó conocimiento del tema.
Antes de dictar cuarto intermedio se procedió a la lectura de las Actas de Notificación a los imputados que están ausentes por enfermedad. Se constituyeron en sus domicilios respectivos los representantes de la Fiscalía, de la Defensa y del Tribunal, entregando copias de las audiencias hasta la fecha, querellas, requerimientos y autos de elevación a juicio a: Armando Fernandez, Luis A. Rodríguez, Pablo Tradi, Dardo Migno, Alcides P. Francisca y Juan Oyarzábal. Todos ellos se abstendrán de declarar por el momento.

El próximo martes 22 de abril a las 9:30 continuarán las audiencias, en la que comenzarán las declaraciones personales de los imputados Luis F. Miret, Rubén González y José Lorenzo.

FUENTE: http://juiciosmendoza.wordpress.com/

La Quinta Pata

No hay comentarios :

Publicar un comentario