domingo, 25 de mayo de 2014

La Corte confirmó la destitución de Romano

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso del ex camarista federal contra la sentencia del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que, en diciembre de 2011, lo destituyó de su cargo en la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, por mal desempeño de sus funciones.

En el mismo sentido se había pronunciado la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien consideró que el Jury de entonces no violó las garantías procesales y que Romano había tenido la oportunidad de ejercer su defensa.

El máximo tribunal sostuvo que el ex magistrado, quien se encuentra detenido en el penal de San Felipe, "fue imputado por cargos definidos en base a una conducta descripta con precisión, tuvo las oportunidades procesales para ejercer su defensa mediante descargo, recusaciones y ofrecimiento de prueba".

El Jury, que lo destituyó "en ausencia", concluyó que "cuando más se necesitaba la garantía de contar con funcionarios judiciales independientes", Romano "desdeñaba reiteradamente" los reclamos y denuncias de víctimas, y que el ex magistrado federal "no propuso ninguna medida de investigación o de trámite respecto de denuncias de secuestro o de desaparición de personas (...) y omitió la investigación de delitos de torturas, apremios ilegales y violaciones", entre 1975 y 1983.

La defensa del ahora procesado argumentó que Romano debió ser juzgado por el tribunal que revisa la actuación de los fiscales, pero la Corte evaluó que de tal manera se violaría el principio constitucional del "juez natural".

El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Carlos Fayt, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Enrique Petracchi calificaron de "insuficientes" los argumentos del ex prófugo, quien adujo que fue juez en 1994 con acuerdo del Senado de la Nación, según la Corte mientras "se desconocía las conductas" que luego determinaron que fuera considerado "partícipe necesario en delitos de lesa humanidad".

La Quinta Pata

No hay comentarios :

Publicar un comentario