domingo, 29 de agosto de 2010

Jueces federales mendocinos sentados en el banquillo

Ramón Ábalo

Para los familiares de las víctimas - desaparecidos, asesinados en Mendoza - y para los organismos de derechos humanos, el jueves último fue un día de satisfacción entre tantos de frustraciones. Ese día, precisamente, estuvo haciendo descargos ante sus pares en el Juzgado Federal de Mendoza, el juez Otilio Romano, ya inculpado, junto con Luis Miret, Gabriel Guzzo, Petra Recabarren y Carlos Carrizo, de ser directamente responsables del delito de lesa humanidad. Están incriminados, de acuerdo a numerosas pruebas, en más de 30 causas en que no cumplieron con su deber de impartir justicia, prevaleciendo en sus decisiones una clara identificación con el terrorismo de Estado y sus mentores militares y civiles.

Entre tantos elementos de pruebas que se aportan, están los que oportunamente aportaron ante el Consejo de la Magistratura de la Nación, el ex preso Fernando Rule y las ex presas, Silvia Susana Ontiveros y Alicia Morales, promoviendo la destitución y/o remoción de "los actuales Jueces de la Cámara Federal de Mendoza, doctores Otilio Roque Romano y Luis Francisco Miret". Y afirman: "A nuestro entender estas personas tenían perfecto conocimiento de las gravísimas violaciones de los derechos humanos de las personas que eran detenidas y puesta a su disposición. Han omitido todo control sobre las fuerzas represivas, han permitido la privación y detención de personas que fueron torturadas, otras violadas, bajo procesos que repugnan el derecho penal. En su condición de fiscal y juez, Romano y Miret tenían amplísimas facultades y poderes para detener, averiguar todas las circunstancias que les fueron puestas en su conocimiento. Por el contrario, omitieron denunciar lo que se les informaba por los detenidos, y solo se preocuparon por la persecución penal contra las personas detenidas."

Describen en tres casos testigos el accionar de estos magistrados que permiten claramente demostrar su conducta ajena a la protección de personas privadas de liberad, y silenciando, cuando era la única herramienta existente, las torturas, las violaciones a mujeres, las detenciones ilegales, las pruebas falsas, incluso el robo de pertenencias y dinero de los secuestrados y detenidos.
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En el caso de Luz Faingold, menor de edad, detenida en el D2 se expresa que fue interrogada, encapuchada y luego llevada a la dependencia policial donde estima que había otros detenidos. Que también fue violada, que al ser menor de edad se decide la entrega a su madre, pero por decisión de Miret esa medida se deja sin efecto, quedando la menor detenida e incomunicada en la dependencia policial. Otra detenida, Susana Liggera, declara que "es detenida junto con Glogowsky, dos hombres con armas los hicieron entrar, con los ojos vendados, el Palacio Judicial, e incomunicada. Que estuvo detenida 7 días en los calabozos del Palacio Judicial, junto con Luz Faingold" También se acompaña la declaración del abogado Quevedo Mendoza, renunciando a la defensa de Glogowsky y Liggera, expresando que se debe "a la imposibilidad material de tomar contacto con mis defendidos, en razón de las disposiciones vigentes en la Penitenciaría, donde se hallan alojados y las instrucciones impartidas por el juzgado, lo cual hace imposible el debido ejercicio de la defensa técnica". Tanto Miret como Romano negaban lo que marca la ley, es decir, el derecho a la defensa. Son reiteradas las oportunidades en las cuales los imputados de las causas denunciaron vejaciones, violaciones, torturas y malos tratos. Sin embargo, los funcionarios judiciales omitieron investigar los hechos relatados, los que, sin lugar a dudas, son delitos de lesa humanidad. Uno de los casos más aberrantes es en la que se investiga la desaparición de Alfredo Manrique, Laura Terrera y la pequeña hija de ambos, Celina Rebeca, secuestrada junto con sus padres cuando tenía tan solo 8 meses de edad. Sin embargo, Miret, meses después ordena el archivo de las actuaciones. Era común que los jueces como Miret, Romano y Guzzo, mandaran a archivar las causas por no "encontrar elementos", pero esta causa nunca debió haberse archivado, toda vez que en ella se investigaba la apropiación de una menor, quien recuperó su identidad recién en el 2007. La ley de obediencia debida que afirma que no son punibles los actos represivos de los estamentos subalternos, sin embargo señala expresamente que queda exenta de dicha "presunción . . . y no será aplicable respecto de los delitos de violación , sustracción y ocultación de menores o sustitución de su estado civil . . ."

Miret y Romano, como también Guzzo, Petra Recabarren y Carrizo, no solamente merecen la destitución, como se pide, sino que también deben ser juzgados como responsables directos de delitos de lesa humanidad.


La Quinta Pata, 29 – 08 – 10

La Quinta Pata

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